Términos & Condiciones Tarjeta Global - Business

CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO EN ACTIVOS VIRTUALES INSTRUMENTALIZADA EN LA TARJETA DE CRÉDITO – PERSONAS JURÍDICAS

El presente Contrato de Línea de Crédito en Activos Virtuales instrumentalizada en una Tarjeta de Crédito (en adelante, el "Contrato"), se celebra entre DAPP COLOMBIA S.A.S., sociedad por acciones simplificada identificada con NIT 901644165 y domiciliada en la Calle 104 # 18A 52, Bogotá D.C., Colombia (en adelante, "DAPP" o la "Sociedad"), y la persona jurídica que solicita y contrata el instrumento, debidamente representada por su representante legal (en adelante, el "Cliente"). El presente Contrato regula la emisión y el uso de la Tarjeta de Crédito virtual y/o física (la "Tarjeta de Crédito"), las Tarjetas Adicionales que solicite el Cliente, así como los servicios relacionados que se ponen a disposición a través de la Plataforma (según este término se define más adelante).

Las partes reconocen que el presente instrumento se fundamenta en un préstamo de bienes fungibles (Activos Virtuales, según se define más adelante), con cargo exclusivo a los recursos propios de DAPP, y no constituye una actividad de intermediación financiera ni captación masiva y habitual de recursos del público. A diferencia de un mutuo ordinario, la Línea de Crédito disponible para el Cliente no es un monto fijo predeterminado, sino que corresponde, en todo momento y de manera dinámica, al valor de los Activos Virtuales (USDc y/o EURc) que el Cliente mantenga en su Cuenta ARQ Business abierta con Dólarapp México, S.A. de C.V. Dicha cuenta y los activos allí contenidos fungen como la fuente de pago exclusiva del crédito otorgado en tiempo real y como garantía de las obligaciones derivadas del presente Contrato.

Al aceptar este Contrato mediante Firma Electrónica, el representante legal del Cliente declara expresamente que cuenta con facultades suficientes para obligar a la persona jurídica que representa, que ha leído, comprendido y acepta obligarse en todos sus términos y condiciones, incluyendo el uso de activos virtuales (incluyendo, de manera enunciativa, stablecoins) ("Activos Virtuales" o "Activo Virtual"), así como los riesgos inherentes a la fluctuación de valor de los mismos y su naturaleza no reconocida como moneda de curso legal en Colombia.

1. DEFINICIONES

Los términos en mayúscula inicial empleados en este Contrato tendrán el significado que a continuación se les atribuye:

1.1. Activos Virtuales: Representaciones digitales de valor, no consideradas moneda de curso legal, divisas o valores en Colombia, emitidas fuera del territorio nacional y soportadas por la Plataforma. Para efectos de este Contrato, constituyen el bien fungible objeto del mutuo y la garantía del cumplimiento de las obligaciones del Cliente. Los servicios de custodia y administración de estos activos son proveídos exclusivamente por una entidad extranjera independiente, y su uso como medio de pago está supeditado a la previa liquidación o venta de los mismos. El Cliente reconoce que DAPP no es el custodio ni el emisor de dichos activos, que la relación con terceros se rige por términos independientes y que su uso como fuente de pago de la Tarjeta de Crédito requiere la existencia de saldos suficientes en la Cuenta ARQ Business.

1.2. Aplicación Móvil: La aplicación móvil ARQ Business mediante la cual el Cliente, su representante legal o los Usuarios Autorizados solicitan, administran, gestionan y consultan los movimientos asociados a la Línea de Crédito y a las Tarjetas de Crédito.

1.3. Beneficiario Real: Persona natural que, conforme al artículo 631-5 del Estatuto Tributario y a las disposiciones de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), ejerce el control efectivo o se beneficia directa o indirectamente del Cliente.

1.4. Cliente: Persona jurídica, de derecho privado o público, debidamente constituida y vigente conforme a la legislación aplicable, que solicita, contrata y utiliza la Línea de Crédito y la Tarjeta de Crédito, actuando a través de su representante legal y, en su caso, de Usuarios Autorizados.

1.5. Comisiones: Cargos y costos aplicables a la Línea de Crédito y a la Tarjeta de Crédito, detallados y publicados en la Aplicación Móvil. Las Comisiones podrán incluir, entre otros, costos por emisión y envío de Tarjetas físicas, expedición de Tarjetas Adicionales, retiros en cajeros automáticos, y demás conceptos asociados al producto.

1.6. Cuenta ARQ Business: La cuenta de Activos Virtuales del Cliente administrada fuera de Colombia por un tercero (Dólarapp México, S.A. de C.V. o quien haga sus veces). El saldo disponible en esta cuenta constituye la fuente de pago exclusiva para la cancelación de los consumos realizados con la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales, así como la garantía de las obligaciones del Cliente, y es el factor paramétrico que determina, de forma dinámica y automática, el monto de la Línea de Crédito disponible en cada momento.

1.7. Día Hábil: Cualquier día calendario distinto de sábados, domingos y festivos en la República de Colombia.

1.8. Disposición: Acto mediante el cual el Cliente, directamente o a través de sus Usuarios Autorizados, dispone parcial o totalmente del monto de la Línea de Crédito utilizando la Tarjeta de Crédito o cualquier Tarjeta Adicional.

1.9. Extracto de Cuenta: Resumen periódico que detalla los movimientos realizados con la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales. Para efectos legales en Colombia, los valores se expresarán en Activos Virtuales, sin perjuicio de que se muestre una referencia informativa en Pesos Colombianos (COP) a la tasa de conversión que aplique la Plataforma.

1.10. Firma Electrónica: Mecanismo de firma electrónica conforme a la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012, mediante el cual el representante legal del Cliente manifiesta su consentimiento respecto del presente Contrato, en los términos previstos en la Sección 7.4 del mismo.

1.11. Línea de Crédito: Cupo rotativo y dinámico de disposición de Activos Virtuales otorgado por la Sociedad en favor del Cliente, cuyo monto disponible será, en todo momento, equivalente al saldo de Activos Virtuales que el Cliente mantenga en su Cuenta ARQ Business.

1.12. PIN: Número de Identificación Personal asociado a la Tarjeta de Crédito y a cada Tarjeta Adicional, que junto con el respectivo plástico o credenciales digitales constituye un factor de autenticación independiente para la realización de operaciones en terminales punto de venta, cajeros automáticos y demás medios.

1.13. Plataforma: Conjunto de canales digitales (sitio web, aplicación móvil ARQ Business, subdominios y cualquier otra plataforma presente o futura) cuyo titular sea DAPP o sus aliados tecnológicos y a través de los cuales se prestan los servicios objeto del presente Contrato.

1.14. PQR: Peticiones, quejas y reclamos que el Cliente pueda formular respecto de los servicios prestados por la Sociedad o el funcionamiento de la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales.

1.15. Reclamación / Aclaración: Solicitud que el Cliente presenta cuando no reconoce un cargo o desea controvertir una transacción, conforme al procedimiento previsto en la Sección 7.8 de este Contrato.

1.16. Representante Legal: Persona natural que ostenta la representación legal del Cliente conforme al certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio competente o documento equivalente, y que actúa en nombre y por cuenta del Cliente para todos los efectos del presente Contrato.

1.17. Sociedad: DAPP Colombia S.A.S., sociedad comercial que, con cargo exclusivo a sus recursos propios y sin realizar captación masiva o habitual de dineros del público, emite la Tarjeta de Crédito y otorga el instrumento de disposición de Activos Virtuales. La Sociedad no actúa como intermediario del mercado cambiario ni como entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

1.18. Tarjeta de Crédito: Instrumento de pago, físico o virtual, emitido por la Sociedad en favor del Cliente, mediante el cual éste y sus Usuarios Autorizados disponen de la Línea de Crédito en Activos Virtuales.

1.19. Tarjeta Adicional: Cualquier Tarjeta de Crédito que el Cliente, a través de su representante legal, solicite a favor de los Usuarios Autorizados (empleados, contratistas u otras personas naturales designadas por el Cliente). Las Tarjetas Adicionales son personales e intransferibles respecto del Usuario Autorizado para el que fueron emitidas, pero el Cliente conserva la titularidad y responsabilidad plena sobre las operaciones realizadas con ellas.

1.20. Tarjeta Física: Tarjeta plástica o metálica enviada al domicilio que indique el Cliente, utilizable en comercios y cajeros automáticos.

1.21. Tarjeta Virtual: Tarjeta digital disponible dentro de la Aplicación Móvil para compras en línea o pagos a través de Wallets.

1.22. Usuario Autorizado: Persona natural designada por el Cliente a través de su Representante Legal para portar y utilizar una Tarjeta Adicional, dentro de los límites, restricciones y políticas que el propio Cliente configure en la Aplicación Móvil. La actuación del Usuario Autorizado se entiende realizada por cuenta y riesgo del Cliente.

1.23. Wallet: Servicios que permiten realizar pagos mediante el teléfono del Usuario Autorizado o del Representante Legal al vincular la Tarjeta de Crédito o una Tarjeta Adicional. La Sociedad no es responsable por la seguridad o funcionamiento de dichas billeteras de terceros.

2. OBJETO

Mediante el presente Contrato, la Sociedad otorga en favor del Cliente la facultad de disposición de Activos Virtuales a través de un saldo rotativo dinámico, instrumentalizado en la Tarjeta de Crédito y, de ser solicitadas, en una o más Tarjetas Adicionales. El Cliente podrá disponer de dicho saldo exclusivamente mediante el uso de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales (en sus modalidades física o virtual), cuya capacidad de uso estará sujeta a los términos y condiciones de disponibilidad de saldos en la Cuenta ARQ Business previstos en este documento.

Parágrafo primero — Naturaleza especial del instrumento. El presente instrumento no otorga un monto fijo ni predeterminado al Cliente. La Línea de Crédito disponible para disposición a través de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales corresponde, en todo momento y de manera automática, al valor total de los Activos Virtuales que el Cliente mantenga en su Cuenta ARQ Business. En consecuencia, si el Cliente retira, transfiere o de cualquier otra forma reduce el saldo de su Cuenta ARQ Business, el monto disponible de la Línea de Crédito se reducirá en la misma proporción, sin necesidad de previo aviso. El saldo en la Cuenta ARQ Business actúa como el parámetro técnico, fuente de pago exclusiva y garantía que habilita la capacidad de disposición del Cliente. El Cliente acepta expresamente esta característica como condición esencial del presente Contrato.

Parágrafo segundo — Naturaleza societaria de la Sociedad. El Cliente reconoce y acepta que DAPP es una sociedad comercial de carácter privado del sector real, que no tiene la calidad de establecimiento de crédito ni se encuentra bajo la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia. En consecuencia, la Sociedad no realiza captación masiva y habitual de dineros del público ni ofrece productos de intermediación financiera. Su actividad se rige por las normas del derecho privado y el Código de Comercio.

Parágrafo tercero — Naturaleza de los Activos Virtuales. El Cliente declara conocer y aceptar que los Activos Virtuales no son moneda de curso legal en Colombia, no tienen poder liberatorio, ni son considerados divisas o valores. Por lo tanto, el Cliente asume los riesgos derivados de la naturaleza digital y la aceptación de dichos activos, así como las eventuales fluctuaciones de su valor frente a otras monedas o activos.

3. CONDICIONES DE DISPOSICIÓN

3.1. Línea de Crédito Disponible

El monto disponible de la Línea de Crédito para disposición a través de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales será, en todo momento, el equivalente al valor de los Activos Virtuales (USDc y/o EURc) existentes en la Cuenta ARQ Business del Cliente.

Cualquier variación en el saldo de la Cuenta ARQ Business resultará en un ajuste automático e inmediato del monto disponible de la Línea de Crédito, sin necesidad de previo aviso.

La Sociedad calculará este valor en tiempo real y el Cliente podrá consultarlo directamente en la Aplicación Móvil. Este monto podrá ser ajustado o limitado unilateralmente por la Sociedad con base en sus políticas internas de riesgo, factores que afecten la capacidad de pago del Cliente, o por instrucción del propio Cliente respecto de sus Usuarios Autorizados y Tarjetas Adicionales.

3.2. Condiciones de Disposición

Para realizar Disposiciones sobre la Línea de Crédito, el Cliente deberá cumplir, en todo momento, con las siguientes condiciones:

  • Haber entregado y mantenido actualizada toda la documentación requerida por la Sociedad para efectos del proceso de conocimiento del cliente (KYC), debida diligencia, prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, y demás obligaciones legales aplicables.

  • Mantener vigente la representación legal del Cliente y comunicar a la Sociedad cualquier cambio que se produzca al respecto.

  • Mantener en su Cuenta ARQ Business la cantidad suficiente de Activos Virtuales para cubrir las Disposiciones que se pretendan realizar y las Comisiones correspondientes.

  • Estar al día en el pago de las Comisiones y demás cargos derivados del presente Contrato.

  • No encontrarse incurso en ninguna de las causales de incumplimiento o vencimiento anticipado previstas en este Contrato.

3.3. Pago

Los pagos derivados del uso de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales se efectuarán de manera automática mediante el descuento del saldo equivalente en Activos Virtuales de la Cuenta ARQ Business.

Al utilizar la Tarjeta de Crédito o cualquier Tarjeta Adicional, el Cliente autoriza de manera irrevocable a la Sociedad (y a sus aliados tecnológicos) a instruir el débito y la liquidación de los Activos Virtuales necesarios para cubrir el monto del consumo, las Comisiones y cualquier gasto asociado.

Parágrafo primero — Dado que el pago es automático y concomitante al uso del instrumento, la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales solo podrán ser utilizadas si el Cliente mantiene un saldo suficiente en la Cuenta ARQ Business.

Parágrafo segundo — En caso de que, por cualquier error técnico, reversión o ajuste, quedare un saldo pendiente de restitución a favor de la Sociedad, ésta y/o sus aliados se reservan el derecho de descontar dicho monto de los próximos ingresos de Activos Virtuales que el Cliente realice en su Cuenta ARQ Business o de cualquier otra cuenta o saldo a favor del Cliente en la Plataforma.

3.4. Intereses

Dada la naturaleza de la Tarjeta de Crédito como un instrumento de disposición de Activos Virtuales de pago inmediato y automático, no se generarán ni se cobrarán intereses corrientes ni de mora sobre las Disposiciones realizadas, sin perjuicio del cobro de las Comisiones y gastos de cobranza previstos en este Contrato.

3.5. Retiros en Efectivo

El Cliente y los Usuarios Autorizados podrán realizar retiros de dinero en efectivo en cajeros automáticos (ATM) que acepten la red de la Tarjeta de Crédito. Estas operaciones se sujetarán a las siguientes condiciones:

3.5.1. Conversión y Moneda: El retiro se hará en la moneda de curso legal del país donde se encuentre el ATM. La tasa de conversión de los Activos Virtuales a la moneda local será la establecida por la red de la tarjeta y la Plataforma al momento exacto de la operación y será informada al Cliente.

3.5.2. Límites de Operación: La Sociedad podrá establecer límites diarios o mensuales para retiros en efectivo por razones de seguridad. Estos límites pueden ser inferiores al saldo disponible en la Cuenta ARQ Business y podrán fijarse de manera diferenciada por Tarjeta Adicional y Usuario Autorizado.

3.5.3. Comisión por Retiro: Cada operación de retiro generará una Comisión equivalente al tres por ciento (3%) del valor retirado, la cual será debitada automáticamente del saldo de Activos Virtuales de la Cuenta ARQ Business. La Sociedad podrá modificar dicho porcentaje conforme al procedimiento de modificaciones previsto en este Contrato.

Parágrafo — El Cliente es responsable de los costos adicionales que puedan cobrar los propietarios de los cajeros automáticos. La Sociedad no responde por fallas técnicas en los ATM de terceros.

3.6. Reversión y Aclaración de Pagos

Atendiendo a la naturaleza comercial del Contrato y a la condición de comerciantes de las partes, el Cliente podrá presentar reclamaciones o solicitudes de aclaración respecto de los cargos realizados con la Tarjeta de Crédito o las Tarjetas Adicionales conforme al procedimiento previsto en la Sección 7.8. Cualquier proceso de reversión se regirá por las siguientes reglas:

3.6.1. Monto de la Reversión: Si la reversión es procedente, la Sociedad acreditará en el saldo disponible de Activos Virtuales del Cliente la cantidad exacta de unidades que fue debitada originalmente en la transacción objeto de la reclamación.

3.6.2. Procedimiento: Para que proceda la reversión, el Cliente deberá presentar la reclamación ante la Sociedad y, cuando aplique, ante el comercio proveedor dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la fecha de corte o de la realización de la operación o servicio. La Sociedad, en su calidad de emisor del instrumento de disposición, procederá a tramitar la solicitud ante la red de pagos conforme a los estándares de las franquicias.

3.6.3. Restablecimiento del Cargo: Si la reversión es rechazada por el comercio tras el proceso de disputa o se demuestra mala fe por parte del Cliente o de cualquiera de sus Usuarios Autorizados, el valor original en Activos Virtuales será debitado nuevamente del saldo disponible en la Cuenta ARQ Business.

Parágrafo — El Cliente acepta que la Sociedad no es el proveedor de los bienes o servicios adquiridos y que la efectiva reversión depende de la respuesta del comercio y de los tiempos de procesamiento de las redes de pago y las entidades de liquidación.

4. FUENTE DE PAGO, GARANTÍA Y MANDATO DE DISPOSICIÓN

4.1. Naturaleza de los Saldos en la Cuenta ARQ Business

El Cliente reconoce que la disponibilidad para el uso de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales está intrínsecamente vinculada a la existencia de Activos Virtuales en su Cuenta ARQ Business. Dichos Activos Virtuales constituyen (i) la fuente de pago exclusiva y automática de todas las obligaciones que el Cliente contraiga por el uso del instrumento y (ii) la garantía idónea, suficiente y aceptada por las partes para respaldar el cumplimiento de dichas obligaciones.

4.2. Mandato Irrevocable de Pago y Compensación

El Cliente otorga a la Sociedad un mandato irrevocable para que, por cuenta y riesgo del Cliente, instruya a Dólarapp México, S.A. de C.V. (o al custodio que haga sus veces) la liquidación y débito inmediato de los Activos Virtuales necesarios para cubrir los consumos realizados, las Comisiones y cualquier saldo pendiente.

Este mandato faculta a la Sociedad para:

4.2.1. Bloqueo Preventivo: Restringir tecnológicamente la disposición de los Activos Virtuales en la Cuenta ARQ Business por un monto equivalente a las transacciones autorizadas pero aún no liquidadas.

4.2.2. Compensación Automática: Aplicar de pleno derecho los saldos de la Cuenta ARQ Business para extinguir cualquier obligación económica derivada de este Contrato, sin necesidad de requerimiento judicial o notificación previa, en los términos del artículo 1715 del Código Civil y del Código de Comercio.

4.2.3. Ajuste por Diferencial: Liquidar Activos Virtuales adicionales en caso de que, por fluctuaciones operativas o reversiones fallidas, el saldo debitado inicialmente no cubra la totalidad de la obligación y las Comisiones.

4.3. Restricciones Operativas

Mientras existan transacciones en proceso o saldos pendientes de liquidación, la Sociedad podrá limitar o impedir retiros o transferencias desde la Cuenta ARQ Business que pongan en riesgo la suficiencia de la fuente de pago y de la garantía.

4.4. Aplicación de Pagos

Los Activos Virtuales debitados de la Cuenta ARQ Business o pagados por el Cliente con motivo del presente Contrato se aplicarán en el siguiente orden:

  • Gastos de cobranza judicial o extrajudicial en los que haya incurrido la Sociedad;

  • Comisiones y cargos pendientes;

  • Reversiones fallidas o diferenciales por liquidación;

  • Capital correspondiente a los consumos realizados con la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales.

Este orden de aplicación será obligatorio e irrenunciable para el Cliente.

Parágrafo — El Cliente acepta que la ejecución del presente mandato se rige por la autonomía de la voluntad y que la Sociedad no asume responsabilidad por la custodia de los Activos Virtuales, la cual recae exclusivamente en Dólarapp México, S.A. de C.V. o en el custodio que haga sus veces.

5. PARTICULARIDADES DE LA TARJETA DE CRÉDITO Y LAS TARJETAS ADICIONALES

5.1. Activación y Solicitud

La activación y solicitud de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales se realizará a través de la Plataforma cuando el Cliente cumpla con los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituido y vigente, con certificado de existencia y representación legal expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la solicitud;

  • Tener una cuenta activa en la Aplicación Móvil;

  • Mantener Activos Virtuales en su Cuenta ARQ Business;

  • Aceptar y firmar el presente Contrato mediante Firma Electrónica a través de su Representante Legal; y

  • Haber surtido satisfactoriamente el proceso de conocimiento del cliente (KYC), debida diligencia y prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.

Parágrafo — La aprobación de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales dependerá del cumplimiento de los requisitos internos de seguridad, debida diligencia y políticas de riesgo de la Sociedad, las cuales podrán actualizarse periódicamente. La Sociedad se reserva el derecho de aprobar, rechazar o limitar cualquier solicitud sin necesidad de justificación.

5.2. Modalidades de Uso

Una vez aprobada la facultad de disposición, el Cliente podrá utilizar las siguientes modalidades, que funcionan de forma independiente:

5.2.1. Tarjeta Virtual (Uso Inmediato): Tarjeta digital personal e intransferible para compras seguras en línea o a través de Wallets. El Representante Legal o los Usuarios Autorizados podrán generarla, bloquearla o desbloquearla al instante desde la Aplicación Móvil.

5.2.2. Tarjeta Física (Uso Presencial): Tarjeta personal e intransferible para compras físicas o retiros en cajeros. Podrá solicitarse en la Aplicación Móvil, donde se informarán los costos de emisión y envío. Por seguridad, se enviará inactiva y requerirá activación manual y cambio de PIN por parte del Representante Legal o del Usuario Autorizado destinatario a través de la Aplicación Móvil.

5.3. Tarjetas Adicionales y Usuarios Autorizados

El Cliente, a través de su Representante Legal, podrá solicitar la emisión de una o más Tarjetas Adicionales a favor de Usuarios Autorizados, en los términos siguientes:

5.3.1. Designación: La designación de cada Usuario Autorizado se realizará a través de la Aplicación Móvil. El Cliente deberá suministrar la información de identificación y contacto del Usuario Autorizado y mantenerla actualizada.

5.3.2. Responsabilidad del Cliente: El Cliente es y será solidaria e ilimitadamente responsable por todas las operaciones, consumos, Comisiones y gastos generados por los Usuarios Autorizados mediante el uso de las Tarjetas Adicionales, en los mismos términos en que respondería por su propio uso de la Tarjeta de Crédito.

5.3.3. Límites Internos: El Cliente podrá configurar, a través de la Aplicación Móvil, límites de consumo, restricciones de categoría, horarios y demás controles aplicables a cada Tarjeta Adicional. Estos límites son internos del Cliente y no modifican el monto total de la Línea de Crédito ni la responsabilidad del Cliente frente a la Sociedad.

5.3.4. Cancelación de Tarjetas Adicionales: El Cliente podrá cancelar o bloquear, en cualquier momento y a través de la Aplicación Móvil, cualquier Tarjeta Adicional. La cancelación de una Tarjeta Adicional no extingue las obligaciones del Cliente derivadas de los consumos realizados antes de la cancelación.

5.3.5. Carácter Personal e Intransferible: Cada Tarjeta Adicional es personal e intransferible respecto del Usuario Autorizado para el que fue emitida. El Cliente se obliga a instruir a cada Usuario Autorizado en el cuidado y uso adecuado de la Tarjeta Adicional y a obtener las autorizaciones necesarias para el tratamiento de sus datos personales conforme a la Ley 1581 de 2012.

5.4. PIN y Factores de Autenticación

La Tarjeta de Crédito y cada Tarjeta Adicional contendrán los dígitos de identificación única, la fecha de vencimiento, el titular de la marca, el código de seguridad y un circuito integrado o chip que, en conjunto con el PIN, constituyen factores de autenticación independientes que permitirán a la Sociedad y a sus aliados identificar de manera inequívoca al portador autorizado.

Cualquier operación realizada con la Tarjeta de Crédito o con una Tarjeta Adicional, salvo por un reclamo procedente por robo, extravío o fraude debidamente acreditado, será directamente atribuible al Cliente y se presumirá realizada por éste o por un Usuario Autorizado por su cuenta.

En caso de que el PIN sea ingresado de forma incorrecta el número de veces que defina la Sociedad o la red de pagos, la Tarjeta correspondiente será bloqueada por seguridad y será necesario reponerla o restablecer el PIN a través de la Aplicación Móvil.

5.5. Bloqueo de la Tarjeta de Crédito y Tarjetas Adicionales

La Sociedad podrá bloquear temporal o definitivamente la Tarjeta de Crédito y/o las Tarjetas Adicionales en los siguientes casos:

5.5.1. Por Seguridad y Cumplimiento: Detección de actividad sospechosa, movimientos inusuales, posibles intentos de fraude, mal uso de factores de seguridad o por orden de autoridad competente.

5.5.2. Por Disponibilidad de Fondos: Si el saldo en la Cuenta ARQ Business es insuficiente para cubrir consumos pendientes o Comisiones, o si el Cliente retira los Activos Virtuales que sirven como fuente de pago y garantía.

5.5.3. Por Gestión de la Cuenta: Solicitud de cierre por el Cliente, cancelación de un Usuario Autorizado o cualquier otro incumplimiento de los términos de este Contrato.

Parágrafo — En caso de bloqueo, el Cliente será informado a través de la Aplicación Móvil o correo electrónico, pudiendo solicitar las aclaraciones correspondientes mediante el procedimiento previsto en la Sección 7.8.

5.6. Extractos de Cuenta

La Sociedad pondrá a disposición del Cliente, con periodicidad mensual y de manera gratuita, a través de la Aplicación Móvil, un Extracto de Cuenta con fines informativos y de transparencia, el cual contendrá como mínimo:

  • Identificación de la Sociedad y del Cliente;

  • Periodo que comprende el reporte;

  • Relación de transacciones de la Tarjeta de Crédito y de cada Tarjeta Adicional: fecha, comercio, Usuario Autorizado, valor en Activos Virtuales y su referencia informativa en moneda legal colombiana;

  • Detalle de Comisiones y cargos aplicados;

  • Resumen de consumos liquidados automáticamente contra la Cuenta ARQ Business; y

  • Cargos en disputa o reversiones en trámite.

Sin perjuicio de la entrega mensual, el Cliente podrá consultar sus saldos, transacciones y movimientos en tiempo real a través de la Aplicación Móvil.

6. OBLIGACIONES

6.1. Obligaciones del Cliente

El Cliente se obliga a:

6.1.1. Información Veraz: Proporcionar y mantener actualizada toda la información requerida por la Sociedad (corporativa, financiera, operativa, fiscal y de beneficiarios reales) para cumplir con la normativa de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, y asegurar que sea veraz, completa, exacta y verificable.

6.1.2. Vigencia y Representación: Mantener vigente su existencia legal y su representación legal, y comunicar a la Sociedad cualquier cambio en estos aspectos dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes a su ocurrencia.

6.1.3. Cargas Fiscales: Asumir el pago de todos los impuestos, contribuciones, retenciones y gravámenes que se deriven del uso de los Activos Virtuales, de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales, de acuerdo con la legislación vigente. La carga fiscal del presente Contrato corresponde íntegramente al Cliente.

6.1.4. Disponibilidad de Saldo: Mantener en su Cuenta ARQ Business el saldo suficiente de Activos Virtuales para cubrir los consumos realizados con la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales, las Comisiones y demás cargos correspondientes.

6.1.5. Custodia de Credenciales: Mantener bajo estricta reserva y custodia los dispositivos móviles, claves de acceso, factores biométricos, PIN y datos de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales, tanto las propias como las entregadas a Usuarios Autorizados. El Cliente asume total responsabilidad por las operaciones realizadas mediante el uso de sus credenciales o las de sus Usuarios Autorizados.

6.1.6. Origen de Fondos: Garantizar que los Activos Virtuales en la Cuenta ARQ Business provienen de actividades lícitas y no están vinculados a lavado de activos, financiación del terrorismo, financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva o cualquier otra actividad delictiva.

6.1.7. Uso Empresarial: Utilizar la Tarjeta de Crédito y las Tarjetas Adicionales única y exclusivamente en desarrollo del objeto social del Cliente y para fines lícitos, absteniéndose de permitir su uso por terceros distintos a los Usuarios Autorizados debidamente designados.

6.1.8. Autorización de Usuarios Autorizados: Obtener de los Usuarios Autorizados las autorizaciones que resulten necesarias para el tratamiento de sus datos personales y para el uso de su información en el marco del presente Contrato, manteniendo indemne a la Sociedad por cualquier reclamación que pudieran formular dichos Usuarios Autorizados al respecto.

6.1.9. Notificación de Eventos: Notificar a la Sociedad, de manera inmediata, sobre la ocurrencia de cualquier evento que pueda afectar el cumplimiento del presente Contrato, incluyendo procesos de insolvencia, liquidación, reorganización, intervención por autoridad competente, inicio de investigaciones por actividades ilícitas, inclusión en listas restrictivas, o cualquier otro hecho relevante.

6.2. Obligaciones de la Sociedad

La Sociedad se obliga a:

6.2.1. Disponibilidad del Instrumento: Mantener operativa la tecnología necesaria para la disposición de los Activos Virtuales a través de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales, salvo en casos de mantenimiento programado, fuerza mayor, caso fortuito o hecho de terceros.

6.2.2. Seguridad y Datos: Implementar medidas técnicas, administrativas y organizacionales de seguridad razonables para proteger la información del Cliente y de los Usuarios Autorizados, y tratar sus datos personales conforme a la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y la Política de Tratamiento de Datos de la Sociedad.

6.2.3. Información: Poner a disposición del Cliente los canales de atención, los Extractos de Cuenta y la información relevante para el adecuado uso del producto, a través de la Aplicación Móvil y los demás canales habilitados.

6.2.4. Cumplimiento Normativo: Ejecutar el objeto del presente Contrato siguiendo las normas del derecho privado y comercial aplicables en Colombia.

7. INFORMACIÓN ADICIONAL

7.1. Duración

El presente Contrato tendrá una duración de diez (10) años contados a partir de su firma, prorrogables automáticamente por periodos iguales y sucesivos, a menos que alguna de las partes manifieste lo contrario con una antelación mínima de treinta (30) días calendario al vencimiento del periodo respectivo. El Cliente podrá darlo por terminado en cualquier momento sin penalidad, siempre que no existan transacciones pendientes de liquidación o saldos a favor de la Sociedad.

7.3. Tratamiento de Datos Personales

Los datos personales del Representante Legal, beneficiarios reales, accionistas, administradores y Usuarios Autorizados serán tratados de conformidad con la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Sociedad, disponible en la página web institucional. El Cliente, a través de su Representante Legal, ratifica con la firma del presente Contrato el consentimiento y autorización expresa para el tratamiento de los datos personales de las personas naturales vinculadas a la operación del Cliente, declarando que cuenta con autorizaciones suficientes para ello.

7.4. Firma Electrónica

Para mayor agilidad, este Contrato se firma de manera electrónica. De acuerdo con la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012, tanto el Cliente, a través de su Representante Legal, como la Sociedad aceptan que la Firma Electrónica tiene plena validez legal.

7.4.1. Firma del Contrato

La Firma Electrónica se crea cuando:

  • La Sociedad valida la identidad del Representante Legal del Cliente usando la información registrada en la Aplicación Móvil y los documentos corporativos correspondientes; y

  • El Representante Legal acepta formalmente el Contrato al pulsar el botón "Aceptar" o "Firmar" dentro de la Aplicación Móvil.

7.4.2. Seguridad y Evidencia

La Firma Electrónica se genera mediante datos exclusivos que vinculan únicamente al Representante Legal del Cliente con este Contrato. Una vez firmado, no puede ser modificado.

El Cliente acepta y reconoce que los registros de la Aplicación Móvil (logs de información) que contienen datos de la sesión, hora, fecha, dispositivo, dirección IP, mensajes de texto, correos electrónicos y archivos informáticos de la Sociedad son prueba suficiente de la voluntad del Cliente de suscribir el presente Contrato. La Sociedad podrá usar estos registros para aclarar dudas o demostrar consentimiento ante autoridades, siempre que sea necesario.

7.4.3. Responsabilidad de la Sociedad

Aunque la Tarjeta de Crédito cuenta con respaldo de redes de pago globales, la decisión final de aceptar el pago depende exclusivamente de cada comercio. Si un establecimiento decide no aceptar la tarjeta, la Sociedad no tendrá responsabilidad sobre esa decisión.

La Sociedad solo funciona como proveedor del medio de pago; por lo tanto, no es responsable por los bienes o servicios que el Cliente o sus Usuarios Autorizados adquieran, ni por su estado, cantidad, calidad o idoneidad. Cualquier reclamación al respecto deberá resolverse directamente con el comercio donde se realizó la compra.

7.5. Robo, Pérdida o Fraude

Si el Cliente o un Usuario Autorizado pierde su Tarjeta, su dispositivo móvil o si cree que un tercero conoce sus claves o PIN, deberá reportarlo de inmediato a través de la Aplicación Móvil o de los canales habilitados para que la Sociedad proceda con el bloqueo de los medios de pago y rechace cualquier intento de uso. A partir de la recepción del aviso, la Sociedad bloqueará y dejará sin efectos la Tarjeta reportada, hasta en tanto sea repuesta.

El Cliente es responsable de la seguridad de los datos propios y de sus Usuarios Autorizados; por consiguiente, si ocurre un fraude por negligencia en el cuidado de las claves o de las Tarjetas, por no dar aviso oportuno, por uso indebido de la Aplicación Móvil, o por permitir el acceso a terceros no autorizados, el Cliente deberá asumir las pérdidas que se generen.

7.6. Prevención de Actividades Ilícitas

El Cliente se compromete a cumplir con todas las leyes aplicables en Colombia sobre prevención del lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, garantizando que sus recursos provienen de actividades lícitas. Asimismo, el Cliente declara que ni él, ni sus accionistas, beneficiarios reales, administradores, Representantes Legales o Usuarios Autorizados figuran en listas restrictivas nacionales o internacionales, tales como, pero sin limitarse a, las listas OFAC, ONU, Unión Europea, Reino Unido o cualquier otra de naturaleza similar.

Si el Cliente o cualquiera de las personas indicadas es incluido en alguna de estas listas, es vinculado a actividades criminales, o si la Sociedad identifica dudas razonables sobre el origen de sus activos, la veracidad de su información o el uso del producto, la Sociedad podrá dar por terminado este Contrato de forma inmediata y sin penalidad alguna, ejecutando el mandato de disposición y compensación previsto en la Sección 4. Esta terminación se comunicará a través de la Aplicación Móvil o por correo electrónico y tendrá efecto inmediato desde el envío de la notificación.

7.7. Modificaciones

El presente Contrato podrá ser modificado por la Sociedad en cualquier momento. En caso de modificaciones sustanciales, la Sociedad notificará al Cliente, con una antelación mínima de quince (15) días calendario a la entrada en vigor, a través del mismo medio de contacto que el Cliente proporcionó durante su proceso de vinculación a la Aplicación Móvil o a través de la propia Aplicación.

El Cliente podrá dar por terminado el Contrato si no está de acuerdo con las modificaciones, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la notificación, sin que ello genere cargo, comisión o penalidad alguna. Transcurrido dicho plazo sin manifestación expresa del Cliente, se entenderá que ha aceptado las modificaciones.

7.8. Peticiones, Quejas, Reclamos y Aclaraciones (PQR)

El Cliente podrá presentar peticiones, quejas, reclamos o solicitudes de aclaración relacionados con la prestación de los servicios, el estado de su Línea de Crédito o el funcionamiento de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales, a través del Centro de Ayuda disponible en la Aplicación Móvil o mediante el correo electrónico oficial de soporte.

7.8.1. Plazo para Aclaraciones: Cuando el Cliente no esté de acuerdo con alguno de los movimientos del Extracto de Cuenta o de la Aplicación Móvil, podrá presentar la solicitud de aclaración dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la fecha de corte o de realización de la operación o servicio respectivo.

7.8.2. Términos de Respuesta: La Sociedad dará respuesta a las PQR en un término máximo de quince (15) Días Hábiles contados a partir del día siguiente a su recepción. Tratándose de operaciones realizadas en el extranjero o que requieran información de terceros (redes de pago o bancos), el plazo podrá extenderse hasta por sesenta (60) Días Hábiles adicionales, informando al Cliente la prórroga antes del vencimiento del término inicial.

7.8.3. Seguimiento: Al radicar una PQR, el Cliente recibirá un número de radicado o ticket para realizar el seguimiento del trámite directamente desde la Aplicación Móvil.

7.9. Notificaciones

Todas las notificaciones, requerimientos, aprobaciones, avisos y comunicaciones derivadas del presente Contrato serán practicadas por escrito, en idioma español, a través de la Aplicación Móvil, correo electrónico u otros medios oficiales habilitados por la Sociedad. Las comunicaciones por medios electrónicos se entenderán recibidas el mismo día de su envío, siempre que la dirección de recepción corresponda a la de su destinatario.

Cada parte deberá comunicar a la otra cualquier cambio en su dirección física, electrónica o demás datos de contacto, dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes a su ocurrencia. Las notificaciones realizadas a la última dirección informada por el Cliente se entenderán válidamente practicadas hasta tanto no se notifique formalmente el cambio.

7.10. Gastos de Cobranza

El Cliente se obliga a cubrir todos los gastos en los que incurra la Sociedad por motivos de cobranza judicial o extrajudicial de las obligaciones derivadas del presente Contrato, incluyendo, sin limitación, honorarios profesionales, costas judiciales, gastos administrativos, asesorías y diligencias. Estos gastos serán exigibles a partir del día inmediatamente siguiente a su erogación y podrán ser debitados de la Cuenta ARQ Business en aplicación del mandato previsto en la Sección 4.

8. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este Contrato se regirá e interpretará conforme a las leyes de la República de Colombia. Para la interpretación y cumplimiento del Contrato, la Sociedad y el Cliente acuerdan que cualquier controversia, disputa, reclamo o discusión en relación con el Contrato se someterá a la justicia ordinaria colombiana, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles.

9. INCUMPLIMIENTO Y VENCIMIENTO ANTICIPADO

El Cliente se considerará en incumplimiento de sus obligaciones, facultando a la Sociedad para suspender el servicio, ejecutar el mandato de disposición y compensación sobre los Activos Virtuales y, en su caso, declarar el vencimiento anticipado del Contrato, ante la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos:

  • Insuficiencia de fondos en la Cuenta ARQ Business para cubrir consumos, Comisiones o cualquier cargo devengado;

  • Imposibilidad técnica, operativa o derivada de acciones del Cliente para realizar el débito automático y definitivo de los Activos Virtuales para extinguir las obligaciones;

  • Falsedad, inexactitud u omisión relevante en cualquier información, declaración o documento proporcionado por el Cliente, en particular en lo relacionado con conocimiento del cliente (KYC), beneficiarios reales y origen de los fondos;

  • Vinculación del Cliente, sus accionistas, beneficiarios reales, administradores, Representantes Legales o Usuarios Autorizados a listas restrictivas (OFAC, ONU u otras), investigaciones por actividades ilícitas o patrones de transaccionalidad sospechosa identificados por la Sociedad;

  • Uso de la Tarjeta de Crédito o de las Tarjetas Adicionales para actividades prohibidas por la ley colombiana o para fines distintos a los autorizados en este Contrato;

  • Insolvencia, liquidación, reorganización, intervención forzosa, suspensión de pagos, cesación generalizada de pagos o cualquier procedimiento concursal análogo en cabeza del Cliente;

  • Disolución, liquidación o pérdida de existencia legal del Cliente;

  • Insuficiencia, deterioro o pérdida de la garantía constituida por los Activos Virtuales depositados en la Cuenta ARQ Business; e

  • Incumplimiento de cualquier otra obligación a cargo del Cliente conforme al presente Contrato.

Parágrafo — La ocurrencia de cualquiera de las causales anteriores facultará a la Sociedad para: (i) suspender de manera inmediata el uso de la Tarjeta de Crédito y de las Tarjetas Adicionales; (ii) ejecutar el mandato de disposición y compensación sobre cualquier saldo existente en la Cuenta ARQ Business hasta la concurrencia de los montos adeudados; (iii) declarar el vencimiento anticipado del Contrato y exigir el pago inmediato de la totalidad del saldo pendiente; y (iv) terminar el Contrato de manera unilateral sin necesidad de previo aviso ni declaración judicial, sin perjuicio del derecho a iniciar las acciones legales que correspondan.

10. TERMINACIÓN

10.1. Por Parte de la Sociedad

La Sociedad podrá dar por terminado el presente Contrato, sin perjuicio del ejercicio del vencimiento anticipado previsto en la Sección 9, en los siguientes eventos:

10.1.1. Incumplimiento: Ante el incumplimiento de cualquier disposición y/u obligación prevista en el presente Contrato por parte del Cliente;

10.1.2. Información Falsa: Cuando el Cliente suministre información falsa o errónea a la Sociedad;

10.1.3. Negativa a Suministrar Información: Cuando el Cliente se rehúse a suministrar información sobre operaciones, uso de la Aplicación Móvil, de la Tarjeta de Crédito o de las Tarjetas Adicionales;

10.1.4. Atentados contra la Sociedad: Cuando el Cliente, sus representantes o Usuarios Autorizados atenten contra el personal de la Sociedad o la marca ARQ;

10.1.5. Sospecha de Fraude: Cuando la Sociedad tenga sospecha de fraude en relación con actividades, operaciones, documentos o información suministrada por el Cliente; y

10.1.6. Actos Ilícitos: Cuando el Cliente, sus Usuarios Autorizados o sus administradores desarrollen o intenten desarrollar cualquier acto ilícito o contrario a las buenas costumbres.

10.2. Por Parte del Cliente

El Cliente podrá solicitar la terminación de este Contrato en cualquier momento desde la Aplicación Móvil. Una vez que la Sociedad confirme la identidad y las facultades del Representante Legal, se notificará un número de referencia para la solicitud en cuestión. La terminación surtirá efectos al Día Hábil inmediatamente siguiente a la solicitud, siempre y cuando no existan saldos pendientes o transacciones en proceso de liquidación.

10.3. Procedimiento

  • Saldos a favor: Si existieran saldos a favor del Cliente en poder de la Sociedad (por reversiones exitosas posteriores al cierre), estos serán transferidos a la Cuenta ARQ Business o, en su defecto, a la cuenta bancaria en moneda legal colombiana que el Cliente indique formalmente.

  • Cancelación de medios de disposición: Terminado el Contrato, la Sociedad procederá a cancelar todas las Tarjetas de Crédito y Tarjetas Adicionales emitidas a favor del Cliente.

  • Centrales de Riesgo: La Sociedad podrá reportar a las centrales de información financiera y crediticia (Datacrédito, TransUnion, CIFIN o equivalentes) la información derivada del cierre del producto, conforme a la Ley 1266 de 2008 y demás normas aplicables, únicamente en aquellos eventos en que el Cliente termine la relación contractual con obligaciones pendientes a favor de la Sociedad. El Cliente, mediante la firma del presente Contrato, autoriza expresamente a la Sociedad para realizar tales reportes en dichos eventos.

10.4. Disolución o Liquidación del Cliente

El Contrato terminará automáticamente al recibir la Sociedad notificación oficial de la disolución, liquidación, intervención forzosa o procedimiento concursal del Cliente. La Sociedad ejecutará el mandato de pago sobre la Cuenta ARQ Business para cubrir consumos realizados antes de la fecha efectiva de terminación, y se reserva el derecho de accionar legalmente contra los terceros que utilicen el instrumento con posterioridad a dicha fecha o que se beneficien indebidamente del mismo.

11. CESIÓN

El Cliente acepta y autoriza de manera previa, expresa e irrevocable a la Sociedad para ceder su posición contractual unilateralmente, así como todos sus derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, de manera total o parcial, a favor de cualquier tercero, ya sea entidad nacional o extranjera. Dicha cesión surtirá efectos frente al Cliente a partir de la fecha de la notificación que para tal efecto remita la Sociedad a través de la Aplicación Móvil o correo electrónico, sin que sea necesaria una autorización adicional.

Dada la naturaleza personal del instrumento y el cumplimiento de los protocolos de seguridad y conocimiento del cliente (KYC), el Cliente no podrá ceder su posición contractual ni los derechos u obligaciones que de ella emanan sin la autorización previa, expresa y por escrito de la Sociedad. Cualquier cesión realizada en contravención a esta disposición será nula de pleno derecho. La transformación, fusión, escisión o reorganización del Cliente deberá ser comunicada a la Sociedad con la mayor antelación posible y podrá dar lugar, a discreción de la Sociedad, a una nueva evaluación de la relación contractual.

12. DECLARACIONES DEL CLIENTE

El Cliente, a través de su Representante Legal, declara y se obliga a:

12.1. Existencia y Capacidad: Encontrarse legalmente constituido, vigente y con capacidad legal suficiente para celebrar el presente Contrato y obligarse en los términos aquí pactados.

12.2. Facultades del Representante Legal: Que su Representante Legal cuenta con las facultades estatutarias y/o autorizaciones internas necesarias para suscribir el presente Contrato y obligar al Cliente en los términos del mismo.

12.3. Información Verídica: Que toda la información y documentación proporcionada es auténtica, precisa, completa, veraz, vigente, actualizada y corresponde a la realidad, comprometiéndose a actualizarla de manera inmediata ante cualquier cambio o error detectado.

12.4. Origen Lícito: Que los recursos con los que opera y que servirán de fuente de pago y garantía del presente Contrato provienen de actividades lícitas y no se encuentran vinculados, directa o indirectamente, con operaciones ilícitas o con personas relacionadas con tales operaciones.

12.5. Listas Restrictivas: Que ni el Cliente, ni sus accionistas, beneficiarios reales, administradores, Representantes Legales o Usuarios Autorizados figuran en listas restrictivas nacionales o internacionales (OFAC, ONU u otras de naturaleza similar) ni se encuentran involucrados en procesos por lavado de activos, financiación del terrorismo o actividades ilícitas.

12.6. Capacidad Técnica y Operativa: Contar con la capacidad técnica, financiera, operativa y los elementos materiales y humanos necesarios para cumplir con las obligaciones derivadas del presente Contrato.

12.7. Ausencia de Conflictos: A la fecha de la celebración del presente Contrato, no tener conocimiento de incumplimiento, controversia, litigio, investigación o procedimiento análogo pendiente o inminente que le constituya un impedimento o le imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones.

12.8. Aceptación de Riesgos: Comprender y aceptar la naturaleza de los Activos Virtuales, los riesgos asociados a su uso (incluyendo riesgos tecnológicos, de fluctuación, de mercado y operativos) y la naturaleza no financiera ni vigilada de DAPP en Colombia.

13. MISCELÁNEOS

La falta de ejercicio por parte de la Sociedad de uno o más derechos derivados del presente Contrato no implicará renuncia, quita o remisión de los mismos, ni podrá interpretarse en perjuicio de la Sociedad.

El presente Contrato, junto con sus anexos y los documentos que en él se mencionan, constituye el acuerdo total entre las partes en relación con su objeto y sustituye cualquier acuerdo, convenio, compromiso, negociación o discusión, verbal o escrita, previa entre las partes sobre la misma materia.

Los títulos de las cláusulas del presente Contrato se han insertado únicamente para facilidad de referencia y no afectan el significado o interpretación del mismo. Los términos definidos guardan su significado con independencia de su referencia en singular o plural.

Siempre que sea posible, las disposiciones del presente Contrato se interpretarán en una forma tal que asuman su validez conforme a las leyes aplicables. En el supuesto de que cualquier disposición fuera inválida o prohibida conforme a las leyes aplicables, dicha disposición se considerará inválida sin que ello afecte o invalide el resto de las disposiciones contractuales contenidas en el presente Contrato, y se procurará su aplicación hasta el límite legal permitido. En tal caso, las partes llevarán a cabo todas las acciones pertinentes y necesarias para sustituirlas por otras que se negocien conforme a la buena fe, en un tiempo que permita el cumplimiento del Contrato.

Última Actualización: 2026 · DAPP Colombia S.A.S. – ARQ Business